

El acelerado desarrollo de la inteligencia artificial es tan buena noticia como uno de sus mayores retos, ya que, entre otras cosas, ha facilitado la difusión de contenidos conocidos como Deepfakes, materiales audiovisuales falsos que manipulan las voces y los rostros de las personas con alarmante precisión.
Esta tecnología, que permite a la IA superponer el rostro de una persona al cuerpo de otra o clonar registros vocales para hacer declaraciones inexistentes, crear escenas íntimas o criminales y otros engaños, ya no es una mera curiosidad técnica sino una herramienta delictiva.
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Lo que muchos usuarios consideran una broma o un vídeo satírico puede, si te acostumbras, cruzar la línea de la legalidad engañar, estafar o dañar la reputación de terceros.
En Colombia, el marco legal ha sido actualizado recientemente para abordar este fenómeno. Según la Ley 2502 de 2025, la Manipulación de la identidad mediante el uso de inteligencia artificial Ya tiene consecuencias penales concretas.
Esta norma modificó el artículo 296 del Código Penal y estipuló que la suplantación de identidad con IA se clasifica como falsedad personal. Según el texto de la ley, si se manipulan datos de identidad utilizando estas tecnologías, “la multa se incrementará hasta en un tercio, siempre que la conducta no constituya un delito penal adicional”. Eso es lo que eso significa El uso de herramientas digitales para atribuir el nombre o la imagen de otra persona ya no existe en un vacío legal.
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Ley versus tecnología
La legislación actual tiene como objetivo castigar al perpetrador e imponer responsabilidad a las instituciones estatales. Luis José Ribero Tobar, director del Departamento Jurídico de la Universidad Central, explicó al medio Asuntos Públicos que este cambio en la ley “promoverá la capacitación técnica de fiscales, jueces y policías” para asegurar la adecuada preservación de la evidencia digital.
Además, la norma exige esto la Fiscalía General garantiza la trazabilidad de los casos en los que se utiliza IA para cometer falsedades personales, Mantener registros estrictos de los métodos y el impacto de estos fraudes.
Foto:iStock
El rostro y la voz son parte del datos biométricos Identidad de cada persona, por lo que están protegidas por las leyes y reglamentos de hábeas data, especialmente cuando se utilice para cometer un posible delito o fraude, según lo previsto en la Ley 23 de 1982.
Incluso si no existe un propósito económico directo, la creación de este contenido puede dar lugar a sanciones civiles. La protección del derecho a las imágenes está anclada en la Constitución y el Código Civil. El uso no autorizado de la imagen de alguien puede dar lugar a demandas judiciales por daños y perjuicios, por lo que ni siquiera los famosos «chistes» o «caricaturas» están fuera de las normas.
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¿Cómo evitarlo?
Para evitar ser víctima de estos delitos, los expertos recomiendan desconfiar de las llamadas de vídeo o audio que exigen dinero urgentemente, aunque la voz suene exactamente como la de un familiar. Es importante utilizar el círculo interior para establecer palabras clave de seguridad para verificar identidades. Si eres una víctima, La denuncia debe presentarse inmediatamente al ministerio público o a la policía contra la ciberdelincuencia. Es importante no eliminar pruebas: guarde enlaces, tome capturas de pantalla y conserve los archivos originales. La nueva ley exige que las autoridades cuenten con protocolos de respuesta y desarrollos tecnológicos para detectar estos fraudes. Además, limita el acceso a tus redes sociales cerrando un perfil o bloqueándolo para nuevos seguidores. Esto dificulta que las tecnologías de inteligencia artificial accedan a sus fotos.
JOSÉ CARLOS GARCÍA R.
Editor multimedia
@JoséCarlosTecno