Los expertos coinciden en que tras la suspensión, en la práctica, el salario mínimo sigue siendo el mismo que estaba prescrito y que «absolutamente nada» ha cambiado. Además, advierten que el Gobierno podría volver a emitir el mismo porcentaje del 23 por ciento, mientras el Consejo de Estado toma una decisión imprescindible.
@cate_manchola
En una decisión calificada en varios sectores como inédita, el Consejo de Estado suspendió temporalmente a partir de 2025 el Decreto 1469, por el cual el gobierno nacional del presidente Gustavo Petar determinaba un aumento del salario mínimo legal mensual del 23% para el actual año 2026. Al no ser una medida definitiva, varios expertos colombianos restaron importancia a este entorno de negocios.
Según el economista Luis Fernando Mejía, director ejecutivo de Lumen Inteligencia Económica, el Consejo de Estado tomó la decisión «por dudas jurídicas sobre la validez» de la norma, especialmente en lo que respecta a los criterios de la Ley 278 de 1996, en los rubros de inflación (IPC) y productividad. El economista también hizo una aclaración importante, y es que el tribunal superior «pospuso los efectos de la suspensión: en la práctica, el salario mínimo actual sigue siendo el que fue determinado, mientras el Gobierno aprueba un nuevo decreto transitorio, debidamente motivado, en un plazo máximo de 8 días, que tendrá vigencia hasta la sentencia material».
Analizó cómo, desde una perspectiva macroeconómica, «el veredicto no cambia inmediatamente el shock de costos asociado al aumento del salario mínimo, pero introduce un elemento adicional de incertidumbre, que permanecerá hasta que el Consejo de Estado tome su decisión. Esto puede llevar a menores incentivos a la contratación formal y a una mayor dispersión de las expectativas inflacionarias», puntualizó.
El exministro de Hacienda José Manuel Restrepo aportó al análisis de la decisión que «no cambia absolutamente nada». «Lo único que cambia es que le pide un poco de rigor técnico al Gobierno Nacional, en la forma en que justificó técnicamente el aumento de ese 23%. Tampoco dice que considere inconstitucional el aumento. Lo que en realidad pide es demostrar que se ajusta a los parámetros del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, que incluye ese aporte, en 2066, de los salarios al ingreso nacional, el aumento del producto interno bruto en 2025, inflación en 2025, pero también cambios constitucionales que incluyen el concepto de salario digno, que fue quizás el criterio más importante utilizado por el gobierno para el aumento del 23 por ciento».
El economista vaticinó un 23% en esa nueva regulación. «Lo más probable es que el Gobierno ratifique el aumento, presente buenos argumentos a favor del concepto de salario digno y, en última instancia, el Consejo de Estado acepte el aumento».
En su opinión, «lo que puede pasar es que el Gobierno aproveche esto para hacer una campaña electoral, para una guerra de narrativas, para decir que aquí hay un problema de lucha de clases. Lamentablemente, esta decisión del Consejo de Estado acaba siendo más bien un instrumento, un motor que capitaliza políticamente al Gobierno para la campaña electoral».
Asimismo, para el Consejo de Comercio, «la orden que se emitió tiene carácter cautelar. No representa una decisión definitiva sobre la legalidad de la norma, sino una decisión temporal encaminada a proteger el orden jurídico mientras se toma una decisión de fondo». En definitiva, el decreto del presidente Petar sigue vigente, ahora el Gobierno deberá corregir todo lo necesario con el apoyo de la comisión tripartita y luego se conocerá el balance final.
Pero esta conversación entre empresarios y gobierno parece no tener futuro; tal como sucedió hace unos meses.
Tenga en cuenta que se le deben pagar estas dos semanas según la normativa vigente.
Combustible de campaña
Los ministros de Trabajo, Antonio Sanguino, y del Interior, Armando Benedetti, calificaron la decisión del Consejo de Estado como una decisión política y llamaron a la gente a salir a las calles, argumentando que el aumento, aunque valioso, no afecta los precios de los alimentos. De la misma manera fueron invocados sindicalistas y políticos vinculados al Gobierno Nacional, alimentando la polémica en medio de las campañas parlamentaria y presidencial.
«Esto demuestra una vez más que no quieren ayudar a los menos afortunados. Hay una clase dominante con influencia en el Congreso y los tribunales superiores», afirmó Benedetti. «Las grandes empresas ya han dicho que está bien», en definitiva, «para mí es una decisión política», confirmó. Sanguino, por su parte, señaló que ayer no fue un buen día para los trabajadores de Colombia; «El Consejo de Estado tomó una decisión apresurada, desastrosa e indignante».
Según el presidente Gustav Petar, «suspender el decreto sobre el salario mínimo vital pone en peligro la Constitución, que no permite el deterioro del poder adquisitivo de los salarios y la anulación de las prerrogativas del gobierno y sus derechos en materia de salarios». También advirtió que «la demanda de alimentos vitales en Colombia se ha visto afectada», y que todo esto «paralizaría la economía nacional y aumentaría el hambre y la desnutrición entre los niños, que es lo más grave. Amenaza la vida. No hay nada más inconstitucional».
De acuerdo con lo anterior, en el Huila, para el vocero de la Central Unitaria de Trabajadores, Juan Pablo Tovar Paredes, se trata de una acción más «contra el pueblo».
La oposición
Sindicatos, acérrimos opositores al aumento del 23%, como Fenalco, Andi y el Consejo de Sindicatos, celebran la decisión del Consejo de Estado. «Fue una sentencia estricta», dijo Jaime Alberto Cabal, presidente del sindicato de comerciantes. «Se tiene en cuenta que el aumento desproporcionado del salario mínimo, realizado por el Gobierno nacional, no es resultado de criterios y razones técnicas, sociales y económicas, sino básicamente de la arbitrariedad e improvisación que se produjo».
Los sindicatos apuntan a una cifra «ponderada» que «se corresponde con la realidad del país» en esta nueva normativa que el Gobierno debe aprobar, mientras se toma la decisión imprescindible. Para Cabal, «se perderán 772.000 puestos de trabajo» por el impacto en las empresas.
En cambio, la CUT nacional busca una «reregulación en las mismas condiciones».
Fenalco estima un incremento de alrededor del 7%. En este sentido, las posiciones siguen siendo diametralmente opuestas.
La medida cautelar no tiene carácter retroactivo. El gobierno apelará a la reconsideración; Tal como están las cosas, la batalla legal continúa.
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