
Juzgado Segundo Penal Municipal de Cartagena Declaró inadmisible la acción de Tutel que buscaba anular el nombramiento del interventor municipal interinoAlcibaldo Cruz.
El 1 de enero de 2026, ante la vacancia total del cargo y la suspensión del proceso de elección del Contralor Distrital de Cartagena, de conformidad con lo ordenado por la Ley No. 136 de 1994, el gobierno del Alcalde Dumek Turbay designó un nuevo contralor interino para liderar el control fiscal en la ciudad hasta que el Consejo Distrital regrese a sesionar.
La última decisión, emitida el 26 de enero, no sólo confirma la legalidad del Decreto N° 001 de 2026, sino que también revela -en un episodio que parece sacado de una novela de suspenso procesal- falsamente sobre la identidad del demandantelo que generó dudas sobre quién estaba detrás de esto un intento de desestabilizar el control fiscal del Distrito.
El tribunal observa que el demandante, inicialmente identificado como Asli Yiseth Marín Sánchez presentó un documento de identidad que en realidad pertenece a un ciudadano del sexo masculino.
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Origen: vacante
que forzó la orden
Cartagena de Indias, centro histórico Foto:John Montaño/EL TIEMPO
Ante la vacancia total en la Contraloría Provincial y el receso del Concejo, la Alcaldía invocó el art. 161 de la Ley No. 136 de 1994 para el nombramiento interino de Alcibaldo Cruz, funcionario de carrera de la propia unidad.
Según el despacho de abogados, el objetivo era evitar la parálisis en el control de los fondos públicos mientras el Consejo Distrital regresa a sus reuniones ordinarias para elegir al propietario.
Sin embargo, un tutor presentado a nombre de Marín Sánchez alegó que este nombramiento violaba la «moral administrativa» y Esto creó un riesgo de interferencia en los procesos fiscales, socavando la imparcialidad del nuevo jefe de la unidad de auditoría.
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Las murallas de Cartagena frente al monasterio de los Jesuitas y al Museo Naval Foto:John Montaño/EL TIEMPO
Del informe judicial se desprende que la fiscalía realizó diligencias en el caso. rigor de la ley para verificar la identidad de la persona que firmó el documento.
Al cruzar los datos con el Registro Nacional y la base de datos ADRES, el sistema arrojó una inconsistencia imposible de superar: El número de identificación utilizado por la presunta señora Marín Sánchez corresponde a Fabio Andrés Madea Ortiz.
«La demandante no tiene legitimación activa en el caso porque es activa… ni siquiera está claro su identificación», dijo el tribunal. Al no haber ninguna persona real y legítima detrás de la petición, el juez consideró que no había pruebas fácticas que justificaran la intervención del derecho constitucional.
Autonomía fiscal protectora
Bocagrande, el sector turístico de Cartagena Foto:Distrito de Cartagena
Milton José Pereira, jefe de la Asesoría Jurídica Distrital, saludó el fallo como una confirmación de la planificación administrativa del gobierno de Turbay.
«Defenderemos la legalidad de la designación ya que no hubo violación al debido proceso. El Decreto 001 cumple estrictamente con la normativa aplicable», destacó Pereira.
Se lo recordamos encarecidamente en la sentencia. La acción de tutela es un mecanismo preferencial y ad hoc para proteger derechos realesno es una herramienta para argumentos basados en identidades cuestionables o intereses abstractos.
Con la demanda ya cerrada, Alcibaldo Cruz se mantiene firmemente al frente de la Contraloría, velando por que los procesos de auditoría y responsabilidad fiscal de Cartagena no se vean afectados por los cortes de energía. Un administrador responsable debe garantizar la independencia de los funcionarios del distrito.
En cualquier caso, el demandante se centró en el supuesto conflicto de intereses. Según la demanda, el nombramiento de un nuevo interventor (p) violó los principios de moralidad administrativa y de independencia del control fiscal.
«El nombramiento genera un riesgo cierto y directo de injerencia en los procesos fiscales, afectando la imparcialidad, autonomía y objetividad que debe caracterizar el ejercicio del control fiscal», afirmó el curador en una parte, pero fue planteado en un documento extranjero.
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Documental de la periodista Jineth Bedoya. Foto:
JUAN MONTAÑO
Corresponsal de EL TIEMPO
cartagena