La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a prisión y no será un candidato – Reporte diario

En una decisión histórica, la Corte Suprema confirmado El veredicto a seis años de prisión e inhabilitación eterna para ocupar el cargo público contra Cristina Kirchner en relación con Causar carretera.

El Tribunal Oral Federal No. 2, que lo condenó en primer lugar, instó al ex presidente a presentarse dentro de los cinco días hábiles desde que se anuncia sobre la sentencia contra él. Además, el tribunal, que consistió en el juez Andrés Basso, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, la ministra de seguridad, Patricia Bullrich, pidió tener un lugar para su detención.

La decisión de hoy confirmada por el tribunal sacude todo el sistema político. Cristina Kirchner es la primera ex presidenta en tener una firme condena por corrupción. El actual líder del Partido Nacional de Justicia (PJ), incluso la figura más fuerte en la oposición al gobierno de Javier Milei, estará fuera de la carrera electoral y no podrá competir, como su intención, por un Banco en la legislatura de Buenos Aires El próximo 7 de septiembre.

Para su edad, de 72 años, Cristina Kirchner puede solicitar seguir el veredicto en el arresto domiciliario. Estaba esperando la declaración del tribunal Rodeado de líderes y militantes En la oficina central para PJ.

La Corte Suprema se resolvió por unanimidad, con los votos de los tres jueces: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

A las 17.50, el ex presidente dio un mensaje sobre el ejército, de la oficina central de PJ. «Es un triunvirato de no procesado», dijo sobre el juez de la corte. Agregó: «Agregaron las acciones a la voz popular». Relacionó el error del «Plan Electoral».

Con la decisión del tribunal, el veredicto fue de seis años de prisión para el ex presidente por el crimen contra la administración fraudulenta para la desventaja de la administración pública en las 51 obras públicas en la provincia de Santa Cruz.

La Corte Suprema también establece la absolución del crimen contra la asociación ilegal, después de rechazar el enjuiciamiento del fiscal del fiscal para exacerbar su condena al explicar el enfoque no disponible al aplicar el artículo 280 de los procedimientos civiles y comerciales de la nación.

Los jueces Rosatti y Rosenkrantz hicieron una voz común a la que Lorenzetti se unió. Los tres rechazaron cada uno de los argumentos de la defensa para tratar de entregar su queja condenar.

Los juicios emitidos por los antiguos tribunales que se establecieron en las abundantes pruebas producidas y en el derecho penal sancionado por el Congreso, pero de alguna manera se ha demostrado que la decisión apelada no ha sido una justificación de la ley de acuerdo con las circunstancias especiales probadas en el caso, ni ninguna garantía constitucional ha sido abusiva. corte.

Todo se apresuró esta mañana, cuando Rosatti informó que los jueces se reunirían para discutir el asunto, algo inusual en la comunicación judicial.

Los jueces creen que Cristina Kirchner es responsable del delito de fraude contra la administración pública para beneficio báez en licitación de obras públicas en Santa Cruz.

Después de la segunda instancia, el ex presidente había presentado una queja en el tribunal, mientras que el fiscal Mario Villar afirmó duplicar la sentencia a 12 años (al agregar el delito en la Asociación Ilegal).

Las señales de que llegaría una decisión de la Corte Suprema la semana pasada, cuando los tres jueces rechazaron «sin más proceso» el desafío del juez Ricardo Lorenzetti, quien presentó la defensa del ex presidente.

Ella lo tomó como una confirmación de lo que estaba por venir. El sábado, en un acto en Corrientes, dijo: «Tienes que prestarme atención para meterme». Y agregó: «Mira cómo estoy temblando». El lunes, organizó un acto en la sede de Buenos Aires para PJ para convocar la resistencia política, que incluso participó en su último oponente interno, Axel Kicillof.

«Las sanciones aplicadas son aquellos que determinan el sistema legal actual. La introducción de las sanciones de prisión y descalificación no hace más que proteger nuestro sistema republicano y democrático bajo la ley penal emitida por los representantes del pueblo del Congreso de la nación», dijeron los tres jueces.

Y agregaron: “El argumento de la defensa basado en la competencia de terceros en el asunto, entre ellos, el jefe del gabinete de ministas de la nación y los funcionarios nacionales y provinciales de remail que se entrevistan en los hechos, se descuida por el desarrollo desarrollado implementado por el decreto 54/2009 y la competencia indispuesta y la responsabilidad del defensa en la cuestión. Además. De hecho, especialmente la ventaja financiera.

Las razones de la condena

La queja original que resultó en este caso fue presentada por Elisa Carrió, líder de la coalición cívica, mientras que Cristina Kirchner seguía siendo la presidenta de la nación.

La investigación tenía la intención de determinar si el empresario Lázaro Báez fue favorecido por la asignación de 51 carreteras de trabajo público con fondos nacionales en Santa Cruz entre 2003 y 2015 y si hubo interrupciones, retrasos injustos o trabajos inacabados. El holding Las compañías de Báez terminaron casi 27 de los trabajos asignados.

Los jueces consideraron el decreto 54/2009 como una evidencia clave, que calificaron como un «instrumento para la maniobra criminal». Esta acción modificó un fideicomiso existente y se incorporó a la Dirección Nacional de Road como un destinatario. Según los jueces en el proceso original, «, por lo tanto, proporcionó una fuente ilimitada de fondos a la unidad de carretera y le permitió acelerar gradualmente el proceso de pago reduciendo la burocracia existente. Pero principalmente siempre que valga la pena, ya que vale la pena, ya que vale la pena, lo que vale la pena, lo que vale la pena, lo que vale la pena, lo que vale la pena, lo que valga la pena, puede ser un fin de los finanzas. Como vale la pena, ya que el administrador general puede, basado en el régimen que radica en la naturaleza en los fondos, libremente lo que vale la pena como el administrador general en el caso del regulador que vale la pena vale la pena valer la pena.

Además de Cristina Kirchner, TOF 2 condenó a Báez (6 años); al ex secretario de obras públicas de la nación, José López (6 años); Por el pasado del Director de la Carretera Nacional (DNV), Nelson Titti (6 años); entre otros. Por otro lado, el ex ministro de Planificación Federal Julio de Vido fue absuelto, en el que sopesó una solicitud por 10 años, junto con Abel Fatal, ex secretario de obras públicas de la nación, y Héctor Garro, el ex gerente de carretera Santa Cruz. En Carlos Kirchner, Primo por Nestor Kirchner y ex secretario para la coordinación de obras públicas, el tribunal declaró la acción penal con receta y desestimada.

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