El gobierno justifica medidas para proteger la estabilidad de los precios de los apartamentos – Reporte diario

El Ministerio de Vivienda ha publicado para comentarios de la ciudadanía un proyecto de reglamento que armoniza el límite máximo general para viviendas de interés social (VIS) a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de acuerdo con lo establecido en el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2026.

Esta medida pretende evitar un aumento desproporcionado de los precios del VIS y proteger la planificación financiera de los hogares.

«El proyecto de norma no constituye un control de precios», explicó el Ministerio de Vivienda en un comunicado de prensa y afirmó que «este instrumento normativo busca proteger a las familias que compran».

Confirmó además que, según la normativa pertinente, el valor total de la vivienda debe ser pactado en pesos colombianos desde el inicio del proceso, sin indexaciones automáticas ligadas al incremento anual del salario mínimo.

De esta manera, cree, se evitan aumentos bruscos (como los resultantes del aumento del 23% del salario mínimo para 2026) y cualquier ajuste se limita a variables relacionadas con los costos de construcción, respetando siempre lo acordado en la separación, promesa de venta u orden fiduciaria.

Comportamiento anticonsumidor

Según el Ministerio, la iniciativa ratifica como conductas contrarias a los derechos de los consumidores en el sector vivienda las siguientes:

—No fijar el precio en pesos colombianos

— Aplazar la firma del contrato a condiciones futuras para el traslado del incremento del salario mínimo.

—Utilizar cláusulas contractuales que generen desequilibrios en perjuicio del cliente.

Recomendaciones

Por otro lado, la Dirección de Industria y Comercio (SIC) advirtió que la publicación de los precios de las viviendas en salarios mínimos o en unidades distintas a la moneda de curso legal podría inducir a error o confusión, al no reflejar con precisión el valor real del inmueble ni permitir una comparación objetiva entre las ofertas del mercado.

«La información de precios debe ser comprensible, clara y verificable, de conformidad con la Ley de Consumidores», afirmó la entidad.

Al respecto, Minvivienda y SIC reiteraron a la ciudadanía que:

—El precio de la vivienda deberá expresarse en pesos colombianos, de manera clara, completa y precisa. El consumidor estará obligado a pagar únicamente el valor especificado en el momento de manifestar su voluntad de compra.

—Los precios reportados no se pueden cambiar sólo en el tiempo, ya que esto viola el derecho a la información y puede constituir una cláusula maliciosa.

—En los acuerdos de fusión, cualquier cláusula que cree un desequilibrio injustificado en perjuicio de los consumidores es automáticamente ineficaz.

El citado proyecto de reglamento, que estará en debate público hasta el 24 de enero de 2026, puede consultarse en siguiente enlace

Comparte este artículo

Facebook
Twitter
LinkedIn
Pinterest